viernes, 21 de noviembre de 2014

EL NUEVO PXOM DE O GROVE

EL NUEVO PXOM DE O GROVE: CLASIFICACION DEL SUELO.


Tras muchos años dependiendo de unas Normas Subsidiarias obsoletas, y con una suspensión de planeamiento ordenada por la Xunta que otorga "provisionalmente" una ordenación que no llegó a exponerse al público, pero que ha permanecido más de diez años.

A las puertas de unas elecciones locales, con la incertidumbre que ello provoca sobre su definitiva aprobación.

Por fin se ha aprobado inicialmente el que será nuevo PXOM de O Grove, aunque si nace lo hará sin adaptarse a la próxima nueva Ley del Suelo de Galicia cuyo anteproyecto está en fase de alegaciones.

Es hora, por tanto, de dedicarle un tiempo a la revisión de los planos de ordenación y clasificación del suelo, y a la normativa, a fin de proponer las alegaciones y alternativas que legalmente correspondan.

Deberemos fijarnos en la clasificación del suelo, en especial cuando éste siendo urbano o de núcleo rural, no conste como tal en los planos de ordenación, en lo que se denomina desclasificación.

Es cierto que la administración, y por tanto el equipo redactor, pueden alterar las condiciones del anterior planeamiento, pero lo que no pueden es contravenir la normativa que establece las categorías de suelo en base a criterios medibles, y por tanto la realidad existente debe ser la que se recoja en el plan xeral.

Las normas urbanísticas deben estar en relación con las intenciones de la memoria, y se evitará dejar en situación de fuera de ordenación a calles enteras, por lo que deben respetarse las alturas de cornisa existentes en calles ya consolidadas.

Los nuevos  viales, o dotaciones locales y generales, pueden ser obtenidos a cargo de los propietarios de los suelos a los que se adscriben dichas dotaciones, de modo que habrán de soportar unas cargas económicas importantes para poder desarrollar los ámbitos de suelo urbanizable residencial, industrial y terciario.

Los suelos de núcleo rural, ya de por sí muy recortados desde la Consellería del MATI, permiten el juego de la ampliación por el método de consolidación recogido en la Instrucción del MATI de 2011, y debe alegarse a fin de incorporar las parcelas edificadas a suelo de núcleo, y evitar la situación de fuera de ordenación por estar clasificadas como suelo rústico  de protección ordinaria.

Hasta principios de Diciembre, si no se amplía el plazo, se pueden formular alegaciones y propuestas o alternativas, que deberán ser respondidas - aunque no personalmente- a fin de redactar el documento final que al fin se presente a la Consellería para su aprobación definitiva.

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