martes, 21 de febrero de 2017

Reclamación de los gastos de constitución de la hipoteca

Reclamación de los gastos de constitución de la hipoteca  


 
 La Sentencia 705/2015 de la Sala 1ª del Tribunal Supremo (23/12/2015), declaró abusiva la cláusula en la que el BBVA impone al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivadas del préstamo hipotecario.
 
La sentencia aplica la normativa en Defensa de los Consumidores y Usuarios y califica como cláusulas abusivas:
 
“La transmisión al consumidor y usuario de las consecuencias económicas de errores administrativos o de gestión que no le sean imputables”.
“La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponda al empresario”
 
GASTOS:
 
Es la entidad financiera, Banco o Caja, la que  tiene un interés principal en que se documente e inscriba la escritura de préstamo con garantía hipotecaria ya que así dispone de título ejecutivo (artículo 517 LEC), constituye una garantía real (arts. 1875 CC y 2.2 LH) y puede acudir a un proceso de ejecución (art. 685 LEC).
Algunas  sentencias  no condenan al banco a pagar la totalidad de estos gastos, sino una parte, entendiendo que ambas están "interesadas".
 
IMPUESTOS:
 
El art. 29 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados dispone que será sujeto pasivo del impuesto el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan, algo que contradice en cierto modo los dispuesto en el Reglamento del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
 
Como se puede deducir, no está claro, y existen sentencias en ambos sentidos.
 
No obstante, debe recalcarse que la constitución de una hipoteca es de interés prácticamente exclusivo del banco, pues es el modo  que se garantiza que la vivienda hipotecada responde de la deuda;  en consecuencia será el Banco o Caja el que deba soportar el pago de los gastos de notaría, registro y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
 
RECLAMACIONES:
 
En primer lugar, recuperar las facturas de dichos gastos e impuestos, calcular la cantidad y   presentar por escrito ante la sucursal de la entidad bancaria la solicitud de devolución de los gastos de la constitución de la hipoteca tanto notariales y registrales como los del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Si no atienden la reclamación, se puede presentar demanda ante el Juzgado del domicilio.

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