En esta nueva entrada, y al hilo de la anterior relativa a la ocupación de suelo privado para la EDAR de MOAÑA, omitiendo el preceptivo trámite de adquisición o expropiación, traigo una sentencia del año 2011, pero cuya ejecución se ha completado recientemente.
El INSTITUTO GALEGO DE VIVENDA E SOLO -IGVS- dependiente de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, se vió obligado a indemnizar económicamente a un propietario por ocupar parte de una finca de su propiedad al urbanizar y edificar el polígono de AS ROTEAS en Vigo.
El CONCELLO DE VIGO puso a disposición del IGVS el suelo preciso para urbanizar y construir las viviendas de promoción pública de AS ROTEAS, pero al ejecutar las obras invadió parte de la finca propiedad del colindante, sin que fueran suficientes los requerimientos que se le efectuaron, por lo que se formuló demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Pontevedra.
La demanda, que fue presentada por el Letrado que les informa, Carlos Coladas-Guzmán, fue estimada íntegramente, condenando al IGVS a la devolución de los terrenos y la demolición de las construcciones que invadían la finca del colindante.
Como quiera que dicha ejecución implicaba perjuicios a terceros, se acordó la sustitución de la obligación de hacer por una indemnización económica que, finalmente, fué abonada por el IGVS a favor del propietario.
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